Ayer haciendo un trabajo en grupo me entere que un compañero del IMBA del Instituto de Empresa, también tiene un blog, el cual los invito a visitar, el se llama Cesar Bengoechea y su blog es:
http://www.cesarbengoechea.com/
Un abrazo y que disfruten de nuestras experiencias por el IE.
José Verona
Dirección de empresas – Estrategia - Elaboración, diseño y gestión de Negocios - Impuestos, Igv, Renta, detracciones, fiscalizaciones, embargos de la Sunat – Gestión Pública – Control Estatal – Iniciáticas Legislativas - Participación Ciudadana – Ong, proyectos y cooperación.
viernes, 20 de febrero de 2009
viernes, 6 de febrero de 2009
Saludos desde Madrid
Ha pasado mucho tiempo desde que no escribo, el tema es que el IMBA del Instituto de Empresa, te requiere mucho esfuerzo y dedicación por ello he dejado de escribir pero prometo hacerme un espacio y comenzar de nuevo, saludos desde Madrid, José Verona Baluarte.
miércoles, 24 de diciembre de 2008
Cambio de rumbo...

Amigos,
Desde que empece este blog lo he dedicado a temas tributarios, empero desde Octubre 2008 resido en Madrid estudiando un MBA en el Instituto de Empresa, una de las mejores escuelas de negocios del mundo, en ese sentido toda vez qe desde agosto 2008 no escribo nada al respecto de tributos, he decidido que apartir de Enero 2009 volver a mantener este blog, pero dedicado a temas de Negocios Internacionales, proyección, analisis, recomendaciones, compartir del clases del MBA entre otros, esperando este nuevo perfil sea de su agrado queda con ustedes,
José "El Verona"
lunes, 25 de agosto de 2008
Simplifican el cobro coactivo
La Sunat dispuso, mediante una resolución publicada ayer en El Peruano, las modificaciones al Reglamento de Cobranza Coactiva con el objetivo de simplificar los requisitos que se aplica a las deudas por incumplimiento de obligaciones.
Esta norma establece que en un proceso de embargo a un bien del contribuyente deudor no impide la compra o venta del mismo (enajenación). Dicha medida cautelar se suspenderá siempre y cuando el adquiriente asuma el pago total de la deuda tributaria. Asimismo, desde ahora se permitirá que un tercero pueda otorgar garantías inmobiliarias para levantar aquellas medidas cautelares preventivas emitidas por la Sunat. Antes de la entrada en vigencia de estos cambios normativos sólo se aceptaban bienes del propio deudor, que en la mayoría de ocasiones no declaraba ni tenía propiedades.
Dr. Jose Verona
Fuente: La Primera
Esta norma establece que en un proceso de embargo a un bien del contribuyente deudor no impide la compra o venta del mismo (enajenación). Dicha medida cautelar se suspenderá siempre y cuando el adquiriente asuma el pago total de la deuda tributaria. Asimismo, desde ahora se permitirá que un tercero pueda otorgar garantías inmobiliarias para levantar aquellas medidas cautelares preventivas emitidas por la Sunat. Antes de la entrada en vigencia de estos cambios normativos sólo se aceptaban bienes del propio deudor, que en la mayoría de ocasiones no declaraba ni tenía propiedades.
Dr. Jose Verona
Fuente: La Primera
martes, 15 de julio de 2008
Que nos dejo Laura Berta Calderón Regjo...
Hoy 15 de julio del 2008, fue publicada en "El Peruano" la Resolución Suprema aceptando la renuncia de Laura Calderón, pues fueron 6 meses, uno de los menores tiempos que dura un jefe de la SUNAT, más aún si lo comparamos con el tiempo que estuvo al mando la Sra. Nahil Hirsh Carrillo, dicha resolución lleva la firma del Presidente García y el ex Ministro de Economía Carranza.
Pues bueno, en este semestre de rápida gestión, al margen de cambios en asesores y algunas gerencias, proceso que dura un mes, mas toma de conocimiento de estado situacional de la institución y sus procesos, que toma uno o dos meses más (toda vez que Calderón retornaba a Sunat y no mantuvo una línea de carrera, para cuando fue nombrada) poco o nada se pudo avanzar, vimos como Congresistas y Empresarios, querían parar la brecha de crecimiento con sistemas como detracciones, percepciones y retenciones, que permiten lograr el cobro de la deuda tributaria generada por sus operaciones.
Esperemos que en esta nueva etapa, se elija un buen Superintendente, que tenga larga data y pase las barreras del cambio de gobierno del 2011, quedan aún 3 años más, el libro aún está abierto para escribir mas historias de éxito, como no, ahora bien, se nos viene unos años de despegue y bonanza con la pues en marcha del TLC con EEUU, por tanto años de mayor recaudación también, que deviene en mayores fondo para mas obras públicas en beneficio de los ciudadanos, que al ver las mismas debe ser motor para legitimar el pago de impuestos, impulsando así el círculo virtuoso del desarrollo.
Dr. José Verona Baluarte
lunes, 7 de julio de 2008
Sunat emitirá certificado de residencia a extranjeros
Medida permitirá aplicar los convenios para evitar doble tributación
La Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (Sunat) emitirá a los contribuyentes extranjeros el Certificado de Residencia para aplicar los convenios que el Perú ha suscrito con otros Estados y, de ese modo, evitar la doble tributación, de conformidad con el DS Nº 090-2008-EF.
Así, mediante resolución de superintendencia, el ente fiscal establecerá las condiciones, formalidades y plazos para la emisión del referido documento que le requieran los contribuyentes o sus representantes, precisa la CCL.
Mientras que los certificados de residencia emitidos por otros Estados, a favor de las empresas peruanas que operen en el exterior (Chile, Canadá, Brasil y países de la Comunidad Andina) tendrán validez en el Perú para efecto que el Impuesto a la Renta (IR) sólo sea pagado en el país donde se ha generado la renta.
Para la aplicación y uso del mencionado certificado, el cual tendrá una vigencia de cuatro meses, salvo que el Estado emisor otorgue una vigencia menor, los interesados deberán contar con dicho documento, emitido en el país con que el Perú tiene convenio. Además, el agente de retención dejará de efectuar la retención del IR únicamente con dicho documento.
Dr. José Verona Baluarte
Fuente: Diario "El Peruano"
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