Actualmente, si una empresa realiza una legalización extemporánea del registro de compras o anota defectuosamente una factura en su registro contable, la Sunat aplica una sanción (multa) y además determina que dicha empresa pierde el derecho al uso del crédito fiscal del Impuesto General a las Ventas (IGV). El texto aprobado en el Congreso determina que el contribuyente, a pesar de cometer estos errores, no pierde el derecho al crédito fiscal.
En la anterior legislatura, el Poder Ejecutivo observó este proyecto, argumentando que con la disposición en referencia se estarían eliminando los requisitos formales de los comprobantes de pago o que su ejecución implicaría la aplicación retroactiva de la ley.
Por su parte, la Cámara de Comercio de Lima saludó la decisión de los congresistas e invocó al pleno del Congreso a corregir esta distorsión con la promulgación de la ley. "Con esta norma no se está concediendo beneficios ni privilegios, sino restituyendo el derecho de los contribuyentes al uso irrestricto de su crédito fiscal, sin que lo afecten las formalidades excesivas impuestas por la Autoridad Tributaria, las cuales distorsionan la naturaleza de impuesto al valor agregado que tiene el IGV", argumentó el gremio empresarial.
De acuerdo con el presidente de la Comisión de Economía, Rafael Yamashiro (UN), esta norma reconoce el derecho que tienen los contribuyentes para que se les reconozca efectivamente un tributo que han pagado. Agregó que este tema debería ser visto por el pleno el próximo jueves.
JOSEVERONA
Fuente: El Comercio
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